El Estatuto autonómico de Potosí, en el marco del desarrollo económico, define la transferencia de recursos públicos en efectivo a diferentes organizaciones, con la finalidad de estimular la actividad productiva. El parágrafo V, del artículo 45 del estatuto, señala que la Gobernación de Potosí "debe realizar transferencia de recursos públicos en efectivo o en especie a organizaciones económico productivas y organizaciones territoriales, con el objeto de estimular la actividad productiva y generación de proyectos de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva y salud, en el marco del Plan General de Desarrollo". Agrega además que el uso y el destino de estos recursos serán autorizados mediante una ley departamental. El objetivo de esta disposición es la generación de recursos económicos./ANF