Marín Sandóval, el asambleísta departamental suspendido de sus funciones por golpear a una mujer, fue aprehendido la tarde de ayer tras prestar su declaración ante el Ministerio Público y luego fue derivado a celdas policiales.
Sandóval golpeó brutalmente a su pareja hasta dejarle el rostro completamente ensangrentado. Debido a esta actitud, la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) determinó destituirlo de la presidencia de esta entidad y suspenderlo temporalmente de su curul.
Será imputado por el delito de violencia familiar. El agresor se presentó ayer a declarar ante la fiscal Karina Cuba, quien ordenó su aprehensión.
“Habiendo varios indicios en el cuaderno de investigación, las lesiones que muestran las placas fotografías, el registro del lugar de hecho, esta autoridad determinó la aprehensión”, explicó Cuba.
La fiscal anticipó que imputará a Sandóval por el delito de violencia familiar cuya pena es de dos a cuatro años de cárcel.
Lo que dice la Ley 348. La ley Integral para Garantizar a las Mujeres una vida Libre de violencia, señala que los delitos de violencia contra las mujeres se convierten en delitos de acción pública, lo que significa que la investigación de estos hechos, se efectuará de oficio por el Ministerio Público en coordinación con la Fuerza Especial de Lucha contra la Violencia – FELCV.
Establece que en casos de feminicidio no se puede utilizar la figura de homicidio por emoción violenta, figura penal que hacía referencia a razones de “honorabilidad”, por la cual los agresores se acogían a esta figura, para lograr sanciones entre 2 y 6 años. El cambio incluye la eliminación de razones de honorabilidad y el incremento de la pena a entre 2 y 8 años.
Se establece la prohibición de la conciliación, precautelando la vida y la integridad sexual de las mujeres, sancionando a los funcionarios/as que la promovieran, aunque excepcionalmente podrá ser promovida por una única vez por la víctima, no siendo posible en caso de reincidencia.
Según el abogado Franz Rafael Barrios, se permite la conciliación por excepción, lo cual merece ser reformado. Ya que, como sabemos en muchos casos, no llegan a denunciar, no pudiéndose demostrar la reincidencia.
Lesiones graves y gravísimas. "Habiendo bastantes indicios en el cuaderno de investigación se procedió a la aprehensión del señor Marín Sandóval, conforme así establece el artículo 226 del Código de Procedimiento Penal", informó la fiscal Karina Cuba a los periodistas.
Explicó que Sandóval fue citado a declarar a las 14:30 pero se acogió al derecho del silencio. Según el cuaderno de investigación, Sandóval fue denunciado el viernes en la madrugada en la plataforma de la FELCV por violencia familiar, con lesiones graves y gravísimas contra Vivian Litzy Rasguido.