
El Juzgado Público Mixto de El Torno ordenó la suspensión inmediata de la difusión de encuestas o estudios de intención de voto por parte de una red televisiva. La medida, dictada en el marco de una acción popular, se produce a pocas horas del debate programado para la noche de este domingo entre los dos candidatos a la Gobernación de Santa Cruz que disputan la segunda vuelta.
El juez Diego Campero García instruyó mediante oficio a la red Unitel acatar la medida cautelar, tras admitir la acción presentada por María Elena Aramayo Quinteros, estudiante con domicilio en el municipio de La Guardia. La resolución dispone frenar la difusión de este tipo de estudios mientras se sustancia el fondo del recurso.
Lo que llama la atención es la inusual rapidez en la admisión del recurso y en la concesión de la medida cautelar. El memorial fue recibido a las 8:30 de la mañana del sábado 11 de abril y, pocas horas después, ya se había otorgado la medida y notificado al medio televisivo con la misma celeridad.
Asimismo, el juzgado notificó al presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Gustavo Ávila, para que participe en una audiencia virtual fijada para el 17 de abril. La autoridad fue advertida con posibles sanciones de multa de 30 y 100 días, incluyendo un proceso por desobediencia a la autoridad.
En su demanda, la accionante argumenta que existe una creciente desconfianza ciudadana hacia las encuestas electorales, debido a discrepancias entre sus resultados y los datos finales en las urnas. Sostiene que la difusión “irresponsable o sesgada” de estos estudios puede afectar la equidad de la contienda y condicionar el voto, al influir en la percepción pública.
“Esa difusión, en este momento decisivo del proceso electoral, tiene aptitud suficiente para incidir negativamente en la formación de la voluntad popular”, señala el recurso, al advertir sobre posibles efectos como el “voto útil inducido” o la “instalación artificial de tendencias”.
La demanda también cuestiona la falta de transparencia en algunos estudios, al mencionar la ausencia de información clara sobre metodología, financiamiento o margen de error. En ese sentido, advierte que esta situación podría vulnerar derechos fundamentales como el voto libre e informado, la igualdad de condiciones entre candidatos y la transparencia del proceso electoral.
Finalmente, la accionante aclara que la acción popular no busca restringir la libertad de expresión ni la labor periodística, sino evitar que, “bajo la apariencia de información”, se difundan herramientas que puedan distorsionar el debate democrático en un momento clave del proceso electoral.
