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¡¡¡Contar muertos en vez de votos!!!

 ¡¡¡Contar muertos en vez de votos!!!
Arturo Yañez Cortes | Columnista
| 2025-07-28 07:36:06

Para ser educadito, las disparatadas declaraciones de una señora que, hace cinco minutos, le decía al tirano en decadencia hasta de lo que iba a morir y ahora lo defiende a capa y espada, acerca de que el día de las elecciones se contarían muertos en vez de votos si su flamante amo no participa en esas —ojalá— justas electorales, han suscitado una serie de reacciones que me proporcionan delicioso y abundante material para comentarlas, desde mi posición de observador con sentencia ejecutoriada por garantista.

¡Conste en obrados! Pues nada suena neutro cuando se emite opinión sobre estos muy espinosos tópicos. Gianni Vattimo ya había sentenciado: “No se puede mirar una institución penal sin poner en juego todas nuestras ideas sobre el bien y el mal”.

Revisando las redes sociales y publicaciones en medios, hay un coro general para que la impresentable sea llevada inmediatamente al cadalso. Incluso el mismísimo Fiscal General del Estado (el CEO del Ministerio Público, que administra el ius puniendi) brindó una conferencia informando que está “aperturando” (sic) una acción penal en su contra, demostrando que, aunque esa palabreja no existe en castellano, la metió no más y organizó un proceso penal en su contra, escuchando el poderoso clamor popular. Hasta oí a una vocera del oficialismo —tristemente célebre por defender siempre lo indefendible y a quien le crece la nariz cada vez que habla— referirse incluso al delito de terrorismo.

Si bien, producto de la impericia del legislador ordinario, ese tipo penal parece un cajón de sastre (la CIDH ya pidió al Estado adecuarlo según los principios de legalidad y taxatividad, pero la ALP sigue siendo cero a la izquierda), desde la vereda del garantismo y a la luz de los elementales principios que impregnan la Ciencia del Derecho Penal contemporáneo —muy distantes del derecho penal del enemigo u otras perversiones—, como el de última ratio y, por tanto, de intervención mínima, tengo sobradas dudas de que esas infelices declaraciones y su postura ignara por donde se la mire, incluyendo una soberbia y una revictimización despreciable, merezcan —salvo que se estire al pobre Código Penal como acordeón o chicle— una respuesta penal.

Aunque existen muy cuestionables delitos de peligro que anticipan o presuponen la culpabilidad (ej.: conducción peligrosa o delitos contra la salud pública), el Derecho Penal moderno es de acto (juzga por lo que hiciste o, por lo menos, intentaste) y no de autor (por lo que eres, por muy mal que nos parezcas o caigas al soberano), y se caracteriza por proteger bienes jurídicos relevantes que sean efectivamente lesionados por acciones u omisiones dañosas.

En el caso de marras, los medios informan que la impresentable fue imputada por instigación pública a delinquir (no encuentro que haya instigado a cometer un delito determinado, como exige la camisa de fuerza que es ese tipo penal); amenazas (¿fueron tan graves y creíbles como para alarmar a una persona, como exige el tipo? ¿A cuál en concreto?); y por obstaculización de procesos electorales, delito previsto para quienes promuevan desórdenes o, por cualquier medio, obstaculicen, obstruyan o impidan la realización o desarrollo de procesos electorales.

Entiendo que ha debido ser por este último delito que fue preventivamente detenida, pues los anteriores no autorizan la detención según el CPP. Pero mantengo mis dudas: con esos disparates espetados (comparto la censura pública que ha recibido), y aunque la de marras me cae muy, pero muy mal, tengo sobradas dudas de que haya cometido tal delito. Al final del día, el proceso electoral, con todas sus luces y muchas sombras, avanza… y habría que ver qué sucede el 17 de agosto y el peso real de esos dislates específicos, incluso en la hermana república cocalera del Chapare.

Lo acaecido, con todas sus facetas, nos muestra que no solamente tenemos un Estado autoritario, administrado por un pésimo gobierno de similares perversiones, sino que también sufrimos una cultura predominantemente autoritaria: pretendemos o esperamos que, ante dislates de ese calibre —a la vista de lo mal que nos cae la doñita—, todo sea “arreglado” por el malo de la película: el sistema penal, incluyendo detención, cárcel y represión. Una estupidez como la comentada, y peor aún emitida por esa impresentable señora, aunque no haya generado daño en puridad, se criminaliza estirando su relevancia como acordeón o chicle para hacerla caber, como sea, dentro del Código Penal. Y quienes debieran ser diques de contención contra esas pulsiones autoritarias —Ministerio Público y jueces— se rinden ante el clamor popular, seguramente para intentar mejorar la mala imagen que tienen.

Cierto es que la impresentable actuó en ejercicio de su libertad de expresión, aunque —véase el art. 13.2 de la CADH— como no existe censura previa, surgen responsabilidades ulteriores, pues ningún derecho es absoluto. ¿Será este el caso? ¿O será puro show para distraernos de temas mucho más graves y urgentes? ¿El sistema penal estará sirviendo para perseguir a quien cae mal a la mayor parte del soberano, aunque no haya lesividad? ¿Está pesando más el coro popular que la Ciencia del Derecho Penal?

Por el momento, me recuerda aquello de Perfecto Andrés Ibáñez:

“Sobre los habituales usos abusivos y desviados del Derecho Penal, que de extrema ratio ha pasado a convertirse en ordinario instrumento de (mal) gobierno de graves problemas sociales desatendidos en su ámbito propio.”

Arturo Yañez Cortes | Columnista