Editorial

Los excesos del Tribunal Constitucional

En los últimos años, el Tribunal Constitucional Plurinacional ha tomado decisiones que han causado gran polémica y que claramente han excedido sus atribuciones...

Editorial | | 2025-06-17 00:24:40

En los últimos años, el Tribunal Constitucional Plurinacional ha tomado decisiones que han causado gran polémica y que claramente han excedido sus atribuciones. Desde distintos sectores de la sociedad, se ha pedido que este Tribunal se "autolimite", es decir, que por sí mismo decida hasta dónde puede llegar, para evitar abusos. Pero esa idea de autocontrol ha terminado sirviendo más como excusa para justificar decisiones arbitrarias que para impedirlas.

¿De qué decisiones estamos hablando? Por ejemplo, en 2017, el Tribunal permitió la reelección indefinida del presidente, pese a que la Constitución lo prohíbe claramente. En 2019, dijo que todas las autoridades podían postularse sin renunciar previamente a sus cargos, aunque la Constitución solo permite eso al Presidente y Vicepresidente. Y en 2013, cambió el significado de “menor de edad” y lo hizo depender no solo de la edad, sino también de la situación económica de la persona.

Quienes defienden la idea de que el Tribunal debería “autolimitarse” sostienen que estas decisiones son culpa de una Constitución mal redactada, que deja vacíos o dudas. Pero eso no es cierto. La Constitución boliviana es bastante clara en muchos de estos puntos. Por ejemplo, prohíbe expresamente la reelección indefinida y señala quiénes deben renunciar para ser candidatos. Si el Tribunal decide lo contrario, no es por falta de claridad, sino porque está actuando por encima de lo que le permite la ley.

De acuerdo a un reciente análisis que hace el abogado constitucionalista Jorge Asbún, esto es muy grave, porque cuando un órgano que debería hacer cumplir la Constitución empieza a reinterpretarla para favorecer a ciertos intereses, no solo está fallando en su deber, sino que está rompiendo el orden constitucional. En un verdadero Estado de Derecho, esto no se puede justificar ni esconder detrás del discurso de “autocontrol”. Lo que corresponde es investigar y sancionar a quienes usan su cargo para violar las normas fundamentales del país.

Es verdad, dice Asbún, hay ciertos casos en los que sí puede haber contradicciones dentro de la misma Constitución. Por ejemplo, en el caso de quién debe nombrar al Contralor del Estado: un artículo dice que es el Presidente, y otro que es la Asamblea Legislativa. En ese tipo de situaciones, es normal que el Tribunal intervenga para aclarar la confusión y elegir una de las opciones. Pero eso es muy distinto a inventar interpretaciones que cambian el contenido de la Constitución.

En resumen: el Tribunal Constitucional tiene una función muy importante, pero no puede hacer lo que le da la gana. Está obligado a respetar los límites que la misma Constitución le impone. No tiene ningún poder para modificar lo que dice la Carta Magna. Solo la Asamblea Constituyente o el Órgano de Reforma pueden hacer eso. Cuando el Tribunal se pasa de la raya, no es un error técnico: es una falta grave que debe tener consecuencias.

El Tribunal Constitucional tiene una función muy importante, pero no puede hacer lo que le da la gana. Está obligado a respetar los límites que la misma Constitución le impone. No tiene ningún poder para modificar lo que dice la Carta Magna